En el contexto anterior, ingresando al análisis de los antecedentes que cursan en el proceso
En el contexto anterior, ingresando al análisis de los antecedentes que cursan en el proceso tenemos que el juez de primera instancia, con la posterior confirmación del tribunal ad quem, ha tramitado la causa de manera errónea en base a dos figuras legales contrapuestas entre sí, excluyentes la una de la otra, como son la nulidad y la anulabilidad de los contratos
- CONSIDERANDO I: Que la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Cochabamba, el 30
- Dicho auto de vista dió lugar al recurso de casación interpuesto por la parte demandada
- CONSIDERANDO II: Que el art
- En el contexto anterior, ingresando al análisis de los antecedentes que cursan en el proceso
- En efecto, del contenido del memorial de demanda de fs
- Este defecto en la demanda no ha sido oportuna y debidamente observado por la jueza
- Así, en sentencia se declara probada la demanda y nulo el contrato de 4 de
- Al respecto, cabe recordar que, en materia de contratos, la nulidad y la anulabilidad son
- Siguiendo el razonamiento doctrinal expresado, el art
- En esta línea, ya se ha pronunciado el Tribunal Supremo a través de los autos
- Por lo expuesto, habiendo sido interpuesta la demanda de manera defectuosa, cuya corrección debió haber
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Para sorteo y resolución de la causa, según convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Proveido, Dra. Gladys Segovia García, Secretaria de Cámara
