CONSIDERANDO I: Que planteada la demanda de pago de sueldos devengados y beneficios sociales de
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 282 a 286 vta., interpuesto por Marcelo Horacio García Arze en representación legal de Juegos de Lotería LOTEX S.A. contra el Auto de Vista de 30 de julio del año 2008 cursante de fs. 273 a 274 pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso laboral por pago de sueldos devengados y beneficios sociales seguido por Luís Alfredo López Videla Sánchez, Richard Armando Lara Jordán y Marco Antonio Miguel López Gonzales en representación legal de Miguel Angel Raul Cusicanqui Fortun, Luís Emilio Chain Asbún, Francisco Loza Murguia, Juan Manuel Rodríguez Torrez, Milenka Jhos Endara Ruiz y Héctor Burgoa Marín contra la indicada entidad, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que planteada la demanda de pago de sueldos devengados y beneficios sociales de fs. 72 a 76, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz emitió la Sentencia de 5 de diciembre del 2007 de fs. 234 a 238, que declaró probada en parte la demanda ordenando a la Empresa de Juegos de Lotería GOLDENPOT S.A. cancele en favor de los trabajadores la suma de Bs. 1.009.137.50
- AUTO SUPREMO Nº 225 - Social Sucre, 26 de septiembre de 2009
- PARTES: Luís Alfredo López Videla Sánchez, Richard Armando Lara Jordán y Marco Antonio Miguel López
- CONSIDERANDO I: Que planteada la demanda de pago de sueldos devengados y beneficios sociales de
- Por memorial de 13 de diciembre del año 2007 cursante de fs
- En grado de apelación del Auto de 15 de diciembre de 2007 arriba mencionado y
- El fallo citado precedentemente, motivó el recurso de casación en el fondo y en la
- También manifestó, que en la resolución de vista se ha vulnerado el Art
- Asimismo señaló que el tribunal de alzada habría realizado una errónea valoración del proceso, porque
- Continuando con los fundamentos del recurrente, éste manifestó que durante toda la tramitación del proceso
- Adujo que se habría realizado una aplicación errónea del Art
- Para concluir con las argumentaciones del recurrente este hace referencia a Autos Supremos y Sentencias
- CONSIDERANDO II: Que antes de considerar los fundamentos del recurso, se debe tener presente lo
- A tal efecto y en virtud a dicha función revisora, el juez y los tribunales
- Asimismo, debe fundamentar su resolución de acuerdo a los arts
- Continuando se tiene que, de fs
- A fs
- De la relación anterior, se puede apreciar que tanto el juez de primera instancia como
- En el presente caso, el recurso de corrección, enmienda y complementación interpuesto por los demandantes
- Sobre el punto anterior existe jurisprudencia uniforme sentada por el Tribunal Constitucional en las Sentencias
- Otro aspecto acusado de vulnerado es el debido proceso y no ha sido considerado tanto
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para sorteo y resolución, conforme a la convocatoria de fs
- Fue disidente la Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco, quien opinó por que se declare INFUNDADO
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Proveído: Carlos Bernal Tupa.- Secretario de Cámara
