Auto Supremo AS/0225/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2009

Fecha: 26-Sep-2009

De la relación anterior, se puede apreciar que tanto el juez de primera instancia como


De la relación anterior, se puede apreciar que tanto el juez de primera instancia como el tribunal de alzada, no hicieron una correcta valoración de las actuaciones procesales de las partes, incurriendo en violación de las formas esenciales del proceso, si bien es cierto que uno de los institutos incólumes en materia laboral es el de protección al trabajador, no se pueden vulnerar derechos y garantías de los sujetos procesales cualquiera sea la condición de estos