Auto Supremo AS/0483/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0483/2009

Fecha: 08-Sep-2009

2


2.- Que, el Auto de Vista hubiere violado en art. 298 incs. 4 del Código de Procedimiento Penal, por haber revocado la sentencia de primera instancia para incrementar la sanción y por haber calificado en delito como autora del delito de tráfico de sustancias controladas, atentando así contra la calificación real de esa conducta. Para concluir, no se tomó en cuenta el art. 280 de Código de Procedimiento Penal, en sentido de estar incompleta la sentencia, los vocales debieron disponer la nulidad y complementarla, no revocarla, puesto que se revoca lo que esta establecido en la sentencia de primera instancia y al no estar establecido la cárcel en esa sentencia, no podría revocarse la misma. Argumentos estos que son usados para habilitar el recurso de casación