Cámara de la Sala Penal Primera
Sucre, 8 de septiembre de 2009
Proveído.- Jaime René Conde Andrade -Secretario de
Cámara de la Sala Penal Primera
- CONSIDERANDO: Que, de fs
- Que, los Imputados como el Representante del Ministerio Público, recurren en apelación, resultando de ello
- CONSIDERANDO: Que, impugnando el Auto de Vista la recurrente fundamenta su recurso nulidad y casación
- 2
- 3
- Que, Por su parte el requerimiento fiscal de fs
- CONSIDERANDO: Que, en el recurso de casación corresponde en el marco legal, analizar los fundamentos
- Que con relación a la violación del art
- Que, el fundamento de que el Auto de Vista, hubiere violado el art
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
