Auto Supremo AS/0624/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0624/2010

Fecha: 16-Nov-2010

Al respecto, toda materia regulada por una Ley produce lo que se denomina "auto reserva",


Al respecto, toda materia regulada por una Ley produce lo que se denomina "auto reserva", por lo que dentro del marco general del principio de reserva legal, la competencia no es una atribución librada a la discrecionalidad de la autoridad, ya sea jurisdiccional o administrativa. En ese sentido, éste Tribunal considera que el juez a quo al admitir la presente demanda, no ha obrado dentro del marco de su competencia, ya que la judicatura laboral no tiene de competencia para conocer acciones de sujetos no comprendidos en el campo de aplicación de la Ley General del Trabajo y, para los casos de servidores públicos cuyos derechos hayan sido lesionados, cuentan con la vía administrativa (revocatoria y jerárquico), así lo ha establecido este Supremo Tribunal en la reconducción de su línea jurisprudencial citada de de 4 de agosto de 2010 (A.S. 361)