CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, la Jueza Tercero de Trabajo y Seguridad Social de
DISTRITO: La Paz
PARTES: Carlos Zenteno Aguilar y otros c/ Ministerio de Obras Publicas Servicios y Vivienda
VISTOS: El recurso de casación de fs. 473-477, interpuesto por Jorge Jesús Flores Durán, en representación del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, contra el Auto de Vista Nº. 138/2007-SSA-II de 1 de junio de 2007 (fs. 461 y vta.), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso social que siguen Willy Ríos Gonzáles en representación de los ex trabajadores del Viceministerio de Transporte y Aeronáutica Civil, contra el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda la respuesta de fs. 292-293, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, la Jueza Tercero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió sentencia el 26 de enero de 2006 (fs. 437-440), declarando probada la demanda de fs. 47 y aclaración de fs. 50, e improbada respecto al demandante Raúl Rodrigo Patiño Coca, disponiendo que la entidad demandada Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, cancele a los actores por el concepto de sueldos devengados en la suma de Bs. 250.000.-
- AUTO SUPREMO Nº 624 Social Sucre, 16 de noviembre de 2010
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, la Jueza Tercero de Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, a instancia del representante de la entidad demandada (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y fondo de fs
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión de obrados, para establecer si lo denunciado en el
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- Al respecto, este Supremo Tribunal mediante A
- Considerando III: Cabe hacer notar que, por Auto Supremo Nº
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- Asimismo, se debe considerar que, conforme se tiene admitido doctrinalmente, la competencia en razón de
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- Al respecto, toda materia regulada por una Ley produce lo que se denomina "auto reserva",
- Por lo que, conforme la reciente jurisprudencia de éste Tribunal de Casación descrita, se establece
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Dr. Jorge I. Von Borries Méndez
- Sucre, 16 de noviembre de 2010
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
