Auto Supremo AS/0624/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0624/2010

Fecha: 16-Nov-2010

II


II.- Al prestar servicios los demandantes en una institución Estatal (Viceministerio de Transportes y Aeronáutica Civil), estos fueron retribuidos con dineros provenientes del Tesoro General de la Nación, por esta razón, determina que las pretensiones demandadas no están amparadas en la Ley General del Trabajo. Al respecto, es necesario referirnos que la entidad demandada, se rige por, la Ley 1178 SAFCO, la Ley 2027 (Ley del Estatuto del Funcionario Público), Ley 2104 modificatoria de la Ley 2027, D.S. No. 23318-A SAFCO, D.S. No. 21364, Reglamento de la Ley Financial, D.S. No. 25749 (Reglamento al Estatuto del Funcionario Público), D.S. No. 26115 (Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal), R.M. del Ministerio de Hacienda No. 86, Principios, Normas Generales y Básicas de Control Interno Gubernamental emitidas por la Contraloría General de la República