Auto Supremo AS/0638/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0638/2010

Fecha: 16-Nov-2010

En lo referente a que si le corresponde o no el pago de los beneficios


En lo referente a que si le corresponde o no el pago de los beneficios sociales reclamados corresponde indicar que de conformidad al "Principio de Primacía de la Realidad", dentro del derecho laboral, debe prevalecer la veracidad de los hechos y es en ese entendido que se evidencia por las declaraciones testificales que la actora se retiro voluntariamente de su fuente de trabajo, a los dos meses de iniciado el mismo, consecuentemente la figura de reconocimiento al pago del desahucio no se ha activado