Auto Supremo AS/0638/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0638/2010

Fecha: 16-Nov-2010

Que apelada la sentencia por parte de la Empresa demandada, la Sala Social y Administrativa


DISTRITO: Potosí

PARTES: Isis Maya Pinto Tacuri c/ Empresa Minera Unificada EMUSA

VISTOS: El recurso de Nulidad en el fondo de fs. 199-201 vlta., interpuesto por ISIS MAYA PINTO TACURI, contra el Auto de Vista No. 65/2007 de 3 de septiembre de 2007, cursante a fs. 193-195, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, en el proceso laboral sobre beneficios sociales y otros derechos, seguido por la recurrente, contra la EMPRESA MINERA UNIFICADA S.A. (EMUSA); lo alegado por las partes, sus antecedentes, y

CONSIDERANDO I.- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Potosí, expidió la Sentencia Nº 26/2007 de 1/8/2007, cursante a fs. 173-180, declarando PROBADA la demanda de pago de beneficios sociales y otros derechos laborales, así como PROBADA la excepción perentoria de pago parcial; disponiendo consecuentemente que la Empresa demandada cancele en favor de la actora, la suma de Bs. 22.561,00.- por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo, horas extraordinarias, trabajos en domingo y asignaciones familiares, en base a un sueldo promedio indemnizable de Bs. 1.200.-

Que apelada la sentencia por parte de la Empresa demandada, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, mediante Auto de Vista 65/2007, de 3/9/2007 cursante a fs. 193-195 vlta., REVOCO la sentencia pronunciada por el inferior y declaro IMPROBADA la demanda, sin costas, resolución contra la que interpone la demandante recurso de nulidad en el fondo, acusando:

Interpretación y valoración errónea tanto de las pruebas de cargo como de descargo, atentando lo dispuesto por los arts. 153, 158, 159, 166 y siguientes del Cod. Proc. Trab., toda vez que consideran no haberse comunicado oficialmente a su empleador el estado de su embarazo