Auto Supremo AS/0638/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0638/2010

Fecha: 16-Nov-2010

Por lo expuesto y no siendo evidente las infracciones acusadas, corresponde dar aplicación lo preceptuado


Por lo expuesto y no siendo evidente las infracciones acusadas, corresponde dar aplicación lo preceptuado por los arts. 271 -2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en la materia en virtud de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo