Auto Supremo AS/0156/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0156/2010

Fecha: 24-May-2010

Que, la renuncia de la prescripción, prevista por el Art


Que, la renuncia de la prescripción, prevista por el Art. 1496 del Sustantivo Civil, es un instinto disímil al de la interrupción del plazo de la prescripción, en efecto, la renuncia opera cuando el plazo de la prescripción se ha cumplido y quien puede hacer valer la prescripción, renuncia a ella, en cambio, como se señaló precedentemente, la interrupción deja sin efecto el término de la prescripción transcurrido -cuando éste aún no se ha cumplido- momento desde el cual se inicia un nuevo período de prescripción