CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que corresponda, se cuenta con
CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que corresponda, se cuenta con los siguientes datos:
1.- El proceso de referencia, tramitado con sujeción a las reglas del sistema procesal anterior al promulgado en 1999, tuvo inicio, sobre la base de Informe respecto a las Diligencias de Policía Judicial, en Auto de Procesamiento de 28 de abril de 2001 (fojas 132 a 133), y concluyó en la fase de primera instancia con sentencia de 24 de noviembre de 2002 (fojas 651 a 665) que, absolviendo de culpa y pena a María Luisa Claros Urquidi, Antonio Méndez Parada, Palmira Ibáñez Menacho de Méndez y Antonio Medilla (u Ormedilla), condenó a Edgar Claros Urquidi a la pena de diez años de presidio por tráfico ilícito de sustancias controladas, a los hermanos N.y Daniel Jesús M.A. a seis años y ocho meses de presidio por tentativa para la comisión de ese tipo de delito, y a Lorgio Landivar Calderón y Jaime Jacinto Ardaya a cinco años y cuatro meses, igualmente por tentativa
- Partes: Ministerio Público c/ M.Á. Edgar Claros Urquidi y otros
- Delitos: Tipificados por la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 4 de septiembre de 2003 por N
- CONSIDERANDO: que el caso de autos, tuvo inicio, sobre la base de Informe respecto a
- Ante recursos de apelación interpuestos por todos los procesados, dicha sentencia fue confirmada por el
- CONSIDERANDO: que no es posible desconocer que el Estado Boliviano, dentro del marco social y
- Que se considera al narcotráfico como un delito de "lesa humanidad" expresamente previsto en el
- De igual manera se debe tomar en cuenta la suspensión de labores durante las vacaciones
- Que en base a la Sentencia Constitucional 101 de 14 de septiembre de 2004, corresponde
- Por lo expuesto, de la revisión efectuada se ha comprobado que la dilación del proceso
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Firmado
- Partes: Ministerio Público c/ N. M.A., Edgar Claros Urquidi y otros
- CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que corresponda, se cuenta con
- 2
- 3
- 4
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
