Auto Supremo AS/0201/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0201/2010

Fecha: 04-Jun-2010

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la participación de la Ministra de Sala Penal Primera Ana María Forest Cors, en ejercicio de sus atribuciones, de acuerdo con el requerimiento fiscal de 7 de octubre de 2004 (fojas 722 a 724), declara que NO HA LUGAR A LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL correspondiente al proceso seguido por el Ministerio Público contra Edgar Claros Urquidi, N. y Daniel Jesús M.A., Lorgio Landívar Calderón, Jaime Jacinto Ardaya, María Luisa Claros Urquidi, Antonio Méndez Parada, Palmira Ibáñez Menacho de Méndez y Antonio Medilla (u Ormedilla), con imputación por comisión de delitos tipificados por la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas; y, en consecuencia, se debe proseguir con el trámite