Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0201/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0201/2010

    Fecha: 04-Jun-2010

    Regístrese, hágase saber y devuélvase


    Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Partes: Ministerio Público c/ M.Á. Edgar Claros Urquidi y otros
    • Delitos: Tipificados por la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas
    • VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 4 de septiembre de 2003 por N
    • CONSIDERANDO: que el caso de autos, tuvo inicio, sobre la base de Informe respecto a
    • Ante recursos de apelación interpuestos por todos los procesados, dicha sentencia fue confirmada por el
    • CONSIDERANDO: que no es posible desconocer que el Estado Boliviano, dentro del marco social y
    • Que se considera al narcotráfico como un delito de "lesa humanidad" expresamente previsto en el
    • De igual manera se debe tomar en cuenta la suspensión de labores durante las vacaciones
    • Que en base a la Sentencia Constitucional 101 de 14 de septiembre de 2004, corresponde
    • Por lo expuesto, de la revisión efectuada se ha comprobado que la dilación del proceso
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Regístrese y hágase saber
    • Firmado
    • Partes: Ministerio Público c/ N. M.A., Edgar Claros Urquidi y otros
    • CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que corresponda, se cuenta con
    • 2
    • 3
    • 4
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca