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    Auto Supremo AS/0258/2010
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0258/2010

    Fecha: 07-Jun-2010

    Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.


    Ante mí: Sonia Acuña Valverde

    Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
    • PARTES: Ministerio Público y Consejo de la Judicatura c/ Maria del Carmen Baldivieso Navarro
    • Cohecho Pasivo Propio, Uso Indebido de Influencias, Beneficios en Razón del Cargo, Concusión, Consorcio de
    • VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Maria del Carmen Baldivieso Navarro de fojas 1051
    • CONSIDERANDO: Que, el articulo 416 de la Ley Nº 1970, establece que el Recurso de
    • Que, si bien este Tribunal ha consentido como una causal para la admisión del recurso
    • CONSIDERANDO: Que, la recurrente acusó como motivos de su impugnación la existencia de defectos absolutos
    • 2) Nulidad del Auto de Vista por falta de fundamentación, al no cumplir el Tribunal
    • 3) Actividad procesal defectuosa por inexistencia de nulidad absoluta
    • 4) Defecto absoluto por violación a la seguridad jurídica y al derecho de petición
    • 5) Actividad procesal defectuosa, por omisión de pronunciamiento sobre todos los puntos del Recurso de
    • Que, de lo relacionado se concluye que la impugnación no cumple a cabalidad con todos
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
    • Dra. Ana María Forest Cors
    • Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.

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