VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Maria del Carmen Baldivieso Navarro de fojas 1051
VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Maria del Carmen Baldivieso Navarro de fojas 1051 a 1059 vlta., impugnando el Auto de Vista de 4 de marzo de 2008 y su complementación, emitidos por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca de fojas 1032 a 1039 y fs. 1049 y vlta., en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y el Representante Legal del Consejo de la Judicatura en contra de la recurrente por los delitos de Cohecho Pasivo Propio, Uso Indebido de Influencias, Beneficios en Razón del Cargo, Concusión, Consorcio de Jueces y Abogados, previstos y sancionados por los artículos 145, 146, 147, 151 y 174 del Código Penal
- PARTES: Ministerio Público y Consejo de la Judicatura c/ Maria del Carmen Baldivieso Navarro
- Cohecho Pasivo Propio, Uso Indebido de Influencias, Beneficios en Razón del Cargo, Concusión, Consorcio de
- VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Maria del Carmen Baldivieso Navarro de fojas 1051
- CONSIDERANDO: Que, el articulo 416 de la Ley Nº 1970, establece que el Recurso de
- Que, si bien este Tribunal ha consentido como una causal para la admisión del recurso
- CONSIDERANDO: Que, la recurrente acusó como motivos de su impugnación la existencia de defectos absolutos
- 2) Nulidad del Auto de Vista por falta de fundamentación, al no cumplir el Tribunal
- 3) Actividad procesal defectuosa por inexistencia de nulidad absoluta
- 4) Defecto absoluto por violación a la seguridad jurídica y al derecho de petición
- 5) Actividad procesal defectuosa, por omisión de pronunciamiento sobre todos los puntos del Recurso de
- Que, de lo relacionado se concluye que la impugnación no cumple a cabalidad con todos
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jorge Monasterio Franco
- Dra. Ana María Forest Cors
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera.
