Auto Supremo AS/0272/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0272/2010

Fecha: 09-Jun-2010

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3.- Radicado el proceso en el plenario de la causa el 8 de febrero de de 2003, (fs. 648 y vlta.), ante el Juzgado de Partido Tercero en lo Penal. Luego de haberse suspendido la audiencia de confesión de 24 de febrero de 2000, el procesado Aníbal Michel Rodríguez, prestó su confesión el 4 de abril de 2000 (fs. 658-659). La audiencia de 21 de septiembre de 2000, instalada para que concluya la confesión del procesado fue suspendida por su inconcurrencia (fs. 668). Opuso excepción de prescripción (fs. 686), que en primera instancia fue admitida (fs. 699,-700) y revocada en apelación el 27 de enero de 2003 (751-752vlta.). El 23 de abril de 2003, el procesado completó su declaración informativa, (fs. 765- 768). Recibida la declaración confesoria del procesado, abierto el debate, tramitada la etapa del plenario, clausurado el debate, abierto el periodo de las conclusiones y fundamentadas las conclusiones, en sujeción del artículo 243 del Código de Procedimiento Penal de 1972, el Juez Séptimo de Partido en lo Penal en suplencia legal del Juzgado Sexto de Partido en lo Penal de La Paz, mediante Resolución No. 62/04, de 24 de agosto de 2004, emitió Sentencia condenatoria contra el procesado Aníbal Michel Rodríguez, sancionándole a dos años de reclusión a cumplir en el penal de "San Pedro", más las costas a favor del querellante y el Estado, así como la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, con lo que fue notificado el 13 de octubre de 2004 en su domicilio señalado (fs. 982)