Auto Supremo AS/0272/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0272/2010

Fecha: 09-Jun-2010

Puesto que la etapa de la Instrucción, duró más allá de los plazos previstos por


Puesto que la etapa de la Instrucción, duró más allá de los plazos previstos por el art. 171 del Código de Procedimiento Penal de 1972, por una parte debido a la amplia defensa que originó el procesado, así como a la parte querellante, conforme a lo previsto por el art. 175 del mismo cuerpo legal. Empero, las autoridades jurisdiccionales están en la obligación de tomar en cuenta los plazos procesales para que éstos, no se extiendan innecesariamente a título de la defensa del imputado y el derecho de acceso a la justicia del querellante, los que deben adecuar su accionar a los plazos previstos por Ley