Auto Supremo AS/0276/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2010

Fecha: 21-Ago-2010

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2.- El debido proceso, entendido ahora como un principio consagrado en los artículos 115 y 180 de la Constitución Política del Estado, representa el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar, comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos