Auto Supremo AS/0276/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2010

Fecha: 21-Ago-2010

CONSIDERANDO: Que, dentro del tramite del recurso de casación de fojas 585 a 587, Jorge


VISTOS: La acción de inconstitucionalidad concreta vinculada a proceso judicial del artículo 220 del Código de Procedimiento Civil, promovido por Jorge Rivero Cruz y Eloy Narváez Villafuerte en representación de la Cooperativa de ahorro y crédito "El Constructor Ltda.", dentro del proceso ordinario sobre nulidad de documentos, seguido por los recurrentes contra Ivar Espíndola Camacho, Dimas Miranda Rendón y Marco Antonio Mendoza Crespo, los antecedentes procesales, y:

CONSIDERANDO: Que, dentro del tramite del recurso de casación de fojas 585 a 587, Jorge Rivero Cruz y Eloy Narváez Villafuerte en representación de la Cooperativa de ahorro y crédito "El Constructor Ltda.", mediante memorial de fojas 648 a 655 vuelta, plantean Acción de Inconstitucionalidad concreta vinculada a proceso judicial en relación a la ultima parte del artículo 220 del Código de Procedimiento Civil, argumentando lo siguiente:

Que, en consideración a la supremacía constitucional señalada por el artículo 410 de la Constitución Política del Estado, resultaría inconstitucional la ultima parte del artículo 220 del Código de Procedimiento Civil, al restringir el derecho de impugnación, tornándose ilegal, arbitrario e inconstitucional