Auto Supremo AS/0276/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2010

Fecha: 21-Ago-2010

Que, la norma procesal cuestionada, tampoco resulta ilegal o arbitraria, en razón de que los


Que, la norma procesal cuestionada, tampoco resulta ilegal o arbitraria, en razón de que los principios de legalidad y de seguridad jurídica emergentes de un Estado de Derecho, están contenidos en sus preceptos impidiendo la actuación arbitraria de los entes estatales o personas particulares, estableciendo reglas claras, precisas y determinadas con anterioridad al acto judicial a efectuar, permitiendo desarrollar los mandatos de la Constitución Política del Estado y la materialización de los derechos y garantías fundamentales previstos en la Ley Fundamental, generando en el litigante certidumbre y previsibilidad para el ejercicio de su derechos impugnativos. Consecuentemente, la norma impugnada no contraviene los preceptos constitucionales señalados, dado que como se ha referido precedentemente son las partes quienes en el ejercicio de la libertad de autodeterminación deben hacer valer sus derechos impugnativos a través de los recursos establecidos y dentro de los plazos legales, sin que pueda servir de fundamento el tema cultural o costumbrista de presentar los escritos de impugnación o cualquier genero de petitorio en el último momento del plazo señalado