VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 517 a 520 vlta., deducido por Blanca Chávez Eguivar y Dennis Erico Matos Chávez y el recurso de casación o nulidad de Juana Matos de fs. 526 a 527, contra el Auto de Vista Nº 048/2009 de 9 de marzo de 2009, de fs. 511 a 513, pronunciado por la Sala Civil de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso ordinario sobre Reivindicación, seguido por Juana Matos, contra Blanca Chávez Eguivar y Dennis Matos Chávez, la respuesta de fs. 529 a 533, los antecedentes procesales, y:
CONSIDERANDO: Que, el Juez 4º de Partido en lp Civil, pronunció la Sentencia Nº 256/2008 de 19 de diciembre de 2008 de fs. 475 a 481 vlta., declarando probada la demanda principal de reivindicación de fs. 85 a 86 planteada por Juana Matos, en consecuencia ordena que en ejecutoria de Sentencia se restituya el inmueble a la demandante, por otra parte falla declarando haber lugar al pago de daños y perjuicios averiguables en ejecución de Sentencia, igualmente declara improbada la demanda ordinaria reconvencional de usucapión interpuesta por Blanca Chávez Eguivar y Dennis Matos Chávez, sobre el bien cito en Av. Mariscal Santa Cruz Nº 6 Villa Tomas Frías, de ésta ciudad, sin lugar al reconocimiento de derecho propietario por usucapión en su favor. Sin imposición de costas por ser juicio doble
- Expediente: Nº 5-09-S
- Distrito: Potosí
- Ministro Relator: Dr. Ángel Irusta Pérez
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- En apelación deducida por los demandados Blanca Chávez Eguivar, Dennis Matos Chávez y la actora
- Contra esta decisión de segundo grado, los recurrentes fundamentan los recursos expresando
- Por su parte la actora, plantea recurso de casación o nulidad denunciando 1) la violación
- CONSIDERANDO: Que, con carácter previo a la resolución de la causa, conviene precisar que de
- Por otro lado, según la jurisprudencia emitida por el Tribunal Supremo (A
- Por otro lado, conviene también precisar que en su sentido procesal, la prueba es un
- Lo anteriormente expuesto encuentra su respaldo dentro de nuestra normativa en lo previsto por el
- CONSIDERANDO: Que, los demandados Blanca Chávez Eguivar y Dennis Erico Matos Chávez, plantean el recurso,
- Por otra parte en relación a que se hubiera cumplido el requisito de la posesión
- b
- En ese contexto, habiéndose acusado vicios de nulidad en la presente acción extraordinaria, este Tribunal
- Con relación al recurso de casación o nulidad interpuesto por Juana Matos
- De acuerdo a lo establecido por el artículo 250 - I del Código de Procedimiento
- Por otra parte, el recurso de casación en cualquiera de sus formas previstas, para su
- En la especie, la recurrente omitió distinguir la casación en el fondo y la casación
- El Tribunal Supremo es de puro derecho como lo es la impugnación extraordinaria, de tal
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2010
