Auto Supremo AS/SN/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/SN/2010

Fecha: 09-Ago-2010

Añadió que la Ley 007, modificatoria del Código de Procedimiento Penal, prevé en su artículo


Añadió que la Ley 007, modificatoria del Código de Procedimiento Penal, prevé en su artículo 234, el peligro de fuga y en el numeral 6) establece que el haber sido imputado por la comisión de otro delito es causal de procedencia de la detención preventiva y que de la misma forma, el artículo 247-3) del Código de Procedimiento Penal, otorga la misma posibilidad cuando existe otro proceso. Concluyó señalando que el pedido de revocatoria y el de detención preventiva tiene base fáctica y es coherente con la nueva política criminal que ha establecido el Estado Boliviano, considerándose asimismo, que el artículo 250 del Código de Procedimiento Penal, señala que las medidas sustitutivas que el Tribunal impuso, pueden variar de acuerdo a las circunstancias, que en el caso se han dado