Que por su parte, la defensa de Roberto Claros Flores, respondió señalando que fueron sorprendidos
Que por su parte, la defensa de Roberto Claros Flores, respondió señalando que fueron sorprendidos con la solicitud formulada por el Ministerio Público sustentada en la existencia de una imputación en su contra, cuando en realidad la indicada resolución nunca fue de su conocimiento. Añadió, que el general Roberto Claros Flores siempre se presentó puntualmente a todas las audiencias, ha colaborado para que el proceso se desenvuelva con total normalidad y que de igual forma, se presentó en la ciudad de La Paz a responder por una sindicación de falsedad material sobre documentos presentados para este juicio y recordó que el 7 de septiembre de 2009, se manifestó que podía huir del país y que nunca se demostró ese hecho; actualmente, no ha cambiado absolutamente nada más, solo que se presentó una imputación que todavía no le fue notificada. Mencionando la Sentencia Constitucional 690/2007, solicitó al tribunal, realizar una evaluación integral, que comprenda también su estado de salud
- PROCESO: Juicio de Responsabilidades "Octubre Negro"
- PARTES Fiscalia General de República c/ Gonzalo Daniel Sánchez de Lozada
- FECHA: 9 de agosto de 2010
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- En ese contexto, el artículo 7º del Código de Procedimiento Penal, establece que la aplicación
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- En cumplimiento del artículo 123 del Código de Procedimiento Penal, se deja constancia de que
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- El Conjuez Freddy Lupa Totola fue de voto disidente, opinando porque debe deferirse favorablemente lo
- Regístrese, hágase conocer y cúmplase
- Secretaria de Cámara
