Para resolución conforme cursa convocatoria a fs
Para resolución conforme cursa convocatoria a fs. 154. interviene el Ministro de Sala Social y Administrativa Segunda, Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte apoyando a la Ministra Relatora, quien señaló en cuanto a las observaciones del señor Ministro Ortiz, se tiene que con la excusa del Dr. von Borries, y haberse dejado sin efecto el sorteo de fs. 144 vta. por providencia de fs. 146, ratificada por Auto de fs. 148, el suscrito Ministro fue primero notificado el 9 de septiembre de 2010 y el auto ratificatorio de fs. 148 es de 21 de septiembre de 2010, antes de los 30 días, con el ingreso del Dr. Ortiz a la Sala Social y Administrativa Primera, se efectuó el segundo sorteo el 24 de noviembre de 2010, resultando que el Ministro Ortiz oportunamente debía observar ese sorteo de fs. 152, además que hay prórroga de plazo, conforme las actuaciones de fs. 153 y vta., en consecuencia se pronuncia dando su voto a la Ministra Relatora, teniendo en cuenta que se notificó a fs. 154 el 3 de enero del 2011
- AUTO SUPREMO Nº 17 Social Sucre, 18 de enero de 2011
- PARTES: Verónica Maria Larreau Velasco c/ UDABOL S.A
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- Posteriormente, interpuesta la apelación por ambas partes a fs
- Casación en la Forma
- De igual manera acusa infracción del art
- Concluye solicitando la reposición de obradoshasta la demanda inclusive, o en su defecto Case el
- En cuanto a lo acusado en la Forma
- Otro de los presupuestos esenciales para la procedencia de la declaración de nulidad de un
- Ahora bien, contrastando los principios anteriormente descritos con los fundamentos expuestos en el recurso de
- En cuanto a lo acusado en el Fondo
- Ahora bien, dicha línea doctrinal ha sido adoptada por nuestra legislación en el Art
- Por lo que, tampoco resulta evidente la acusación de infracción al art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución conforme cursa convocatoria a fs
- El señor Ministro Julio Ortiz Linares es de voto disidente señalando lo siguiente
- En ese marco impositivo legal, revisados los antecedentes que estructuran el presente caso concreto y
- Sin embargo, en lugar de convocarse al tercer ministro para resolver ambos casos, la intervención
- Si bien el auto de fs
- En el caso presente, el auto de fs
- Por lo expuesto, corresponde regularizar el trámite conforme a las disposiciones que rigen la materia
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 18 de enero de 2011
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
