Sin embargo, en lugar de convocarse al tercer ministro para resolver ambos casos, la intervención
Sin embargo, en lugar de convocarse al tercer ministro para resolver ambos casos, la intervención de fs. 146 sólo fue para considerar la excusa y no para considerar el proyecto, sin reparar que el plazo transcurría ininterrumpidamente para la proyectista, conforme dispone el parágrafo III del art. 204 del Código de Procedimiento Civil, cuando señala que "los autos de vista y los de casación se pronunciarán dentro del plazo de treinta días, computables desde la fecha en que se sorteare el expediente"
- AUTO SUPREMO Nº 17 Social Sucre, 18 de enero de 2011
- PARTES: Verónica Maria Larreau Velasco c/ UDABOL S.A
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social
- Posteriormente, interpuesta la apelación por ambas partes a fs
- Casación en la Forma
- De igual manera acusa infracción del art
- Concluye solicitando la reposición de obradoshasta la demanda inclusive, o en su defecto Case el
- En cuanto a lo acusado en la Forma
- Otro de los presupuestos esenciales para la procedencia de la declaración de nulidad de un
- Ahora bien, contrastando los principios anteriormente descritos con los fundamentos expuestos en el recurso de
- En cuanto a lo acusado en el Fondo
- Ahora bien, dicha línea doctrinal ha sido adoptada por nuestra legislación en el Art
- Por lo que, tampoco resulta evidente la acusación de infracción al art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución conforme cursa convocatoria a fs
- El señor Ministro Julio Ortiz Linares es de voto disidente señalando lo siguiente
- En ese marco impositivo legal, revisados los antecedentes que estructuran el presente caso concreto y
- Sin embargo, en lugar de convocarse al tercer ministro para resolver ambos casos, la intervención
- Si bien el auto de fs
- En el caso presente, el auto de fs
- Por lo expuesto, corresponde regularizar el trámite conforme a las disposiciones que rigen la materia
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Sucre, 18 de enero de 2011
- Proveído: Sandra Magaly Mendivil B. Secretaria de Cámara.
