Auto Supremo AS/0078/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0078/2011

Fecha: 04-Mar-2011

CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, corresponde resolverlo en base


CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, corresponde resolverlo en base a los hechos denunciados y la normativa invocada, estableciéndose lo siguiente:

1.- De la atenta revisión de la resolución de vista impugnada de casación, se advierte con claridad que el tribunal ad quem, no ha puesto en tela de juicio la facultad que tiene el SENASIR para la revisión, de oficio o a denuncia, de las rentas en curso de pago y en curso de adquisición, que se encuentra reconocida en el art. 477 del R. Cód. S.S., concordante con lo establecido en el art. 9 del D.S. Nº 27991 de 28 de enero de 2005, consiguientemente, no se puede aducir la vulneración de dichas normas