Auto Supremo AS/0133/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2011

Fecha: 01-Mar-2011

Apelada tal determinación tanto por parte del procesado (fs


Apelada tal determinación tanto por parte del procesado (fs. 1340-1346) como por Bisa Seguros S.A. constituida en parte, (fs. 1348-1349). El Ministerio Público requirió por que se confirme parcialmente la Sentencia y se incremente la pena a 6 años de reclusión, (fs. 1357). La Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante el Auto de Vista emitido por Resolución No. 83/2009 de 16 de septiembre, confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, modificando la pena a 6 años de reclusión, es decir al máximo previsto para el delito de falsedad, (fs. 2009-2011 y vlta.)