Contra la referida resolución de vista, Doroteo Duran Vilte, interpuso recurso de casación en la
Contra la referida resolución de vista, Doroteo Duran Vilte, interpuso recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 349 a 352, con los siguientes fundamentos:
En el recurso de casación en la forma: acusa la violación de los arts. 15 de la Ley de Organización Judicial, 90, 353, 354, 370, 371 del Código de Procedimiento Civil, por haberse obviado introducir entre los puntos de hecho a demostrar, que fueran las dos hectáreas del terreno excedente que pretendiera usucapir, los que no formarían parte de la superficie de las 16.7550 Has., referidas al título ejecutorial que les correspondería a él y sus hermanos, que el Auto de calificación del proceso también habría obviado fijar los puntos a demostrar por la parte demandada. Con relación al art. 15 de la Ley de Organización Judicial, sostiene que los Vocales a tiempo de pronunciar el Auto de Vista se habrían percatado de las deficiencias anotadas, sin embargo al haber confirmado la Sentencia, habrían afectado el mandato del mencionado artículo. Aduce, además, que la contestación a la demanda habría sido presentada fuera del plazo procesal previsto por el art. 345 del Código de Procedimiento Civil, que el juzgador no habría advertido, pese a su labor fiscalizadora
- Auto Supremo: Nº 132. Sucre: 11 de Abril de 2011
- Expediente: Nº 42 - 06 - S
- Distrito: Tarija
- Ministro Relator: Dr. Ángel Irusta Pérez
- VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs
- Que, en grado de apelación deducida por la parte actora, la Sala Civil de la
- Contra la referida resolución de vista, Doroteo Duran Vilte, interpuso recurso de casación en la
- En el recurso de casación en el fondo, al amparo del art
- Con esos argumentos pide anular los actuados hasta el estado de pronunciarse nuevo Auto de
- CONSIDERANDO: Que, al haberse acusado violación de las formas esenciales del proceso por parte del
- Sobre la casación en la forma y la supuesta violación de los arts
- Consecuentemente, en base al análisis precedente, se concluye que no son evidentes las violaciones acusadas
- Sobre el recurso de casación en el fondo y la argüida violación de los arts
- Sin perjuicio de lo sostenido sólo para dejar claros algunos de los aspectos legales mencionados
- Con relación a la violación de los arts
- Por lo motivado, resulta inequívoca la aplicación de los arts
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
- Se regula el honorario del abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 1/2010
