Auto Supremo AS/0135/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0135/2011

Fecha: 13-Abr-2011

Todos estos aspectos han sido reconocidos por la recurrente en la interposición del presente recurso,


Todos estos aspectos han sido reconocidos por la recurrente en la interposición del presente recurso, así como por los jueces del grado, que incluso evidenciaron se la contrató a través de diferentes "contratos privados de prestación de servicios", con aparente naturaleza civil, pero que conforme se constato de los datos procesales relacionados precedentemente, se advirtió que el pretender determinar la existencia de un contrato civil o de obra, pese a que todos los antecedentes referidos, demuestran que dicha relación contractual civil, en la realidad no existió, sino que se trataba de contratos sucesivos para la realización de tareas propias de la entidad demandada, en los que la ahora demandante, debía cumplir un horario de trabajo, realizar informes y otros, respecto de cuestiones referidas al mismo objeto de la Fundación de la que dependía y que fueron correctamente apreciados conforme establecen los arts. 3 inc. j) y 158 del Cód. Proc. Trab., es decir, sin estar sujetos a la tarifa legal de las pruebas, formando libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informa la crítica de la prueba y atendiendo las circunstancias relevantes del proceso y la conducta procesal de las partes, evitando que estas se sirvan del proceso para realizar un acto simulado o que persigan un fin prohibido por la ley