Auto Supremo AS/0138/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0138/2011

Fecha: 13-May-2011

Paradójicamente ante este hecho el juez de la causa en sentencia no se ha pronunciado


Paradójicamente ante este hecho el juez de la causa en sentencia no se ha pronunciado sobre este aspecto, es decir, sobre la inconcurrencia de la parte demandada a la confesión provocada y por consiguiente no dio cumplimiento a lo señalado por el citado segundo párrafo del art. 166 del Código Procesal del Trabajo, aspecto que corresponde subsanar en esta instancia