Ante la abierta y nutrida estrategia de encontrar nulidades por parte del recurrente, es preciso
Ante la abierta y nutrida estrategia de encontrar nulidades por parte del recurrente, es preciso recordar que en materia de casación en la forma, si bien es cierto que los arts. 252 y 254 inc. 7) del Cód. de Proc. Civ. permiten el recurso de casación por haberse violado las formas esenciales del proceso, esta permisión debe necesariamente ser concordada con el parágrafo I) del art. 251 del mismo cuerpo de leyes, cuando dispone que: "Ningún trámite o acto judicial será declarado nulo si la nulidad no estuviere expresamente determinada por la ley", principio que se sustenta en el hecho que en materia de nulidad, debe haber un manejo cuidadoso y aplicado únicamente a los casos en que sea estrictamente indispensable y así lo haya determinado la ley
- PARTES: Leny Rosario Viveros Salvatierra c/ Repsol YPFB Bolivia S.C
- MINISTRA RELATORA: Beatriz Sandoval de Capobianco
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por el representante de la empresa demandada cursante a fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
- 2
- 3
- Concluye pidiendo la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo
- En el recurso de casación en el fondo alega
- En mérito a dicho razonamiento pide que se case el auto de vista y deliberando
- Del recurso de casación en la forma
- En relación a la nulidad de la sentencia y auto complementario, por supuesta pérdida de
- En relación a la no concesión del recurso de apelación por parte del a quo
- También resulta preciso aclarar que en el planteamiento del recurso de casación en la forma,
- Ante la abierta y nutrida estrategia de encontrar nulidades por parte del recurrente, es preciso
- Es así que en esta materia, deben observarse principios procesales que atañen a la nulidad,
- Otro principio es el de convalidación en virtud del cual toda nulidad se convalida por
- Así establecidos los principios en los que se basa toda nulidad procesal, y ajustados los
- No siendo evidentes las infracciones acusadas, corresponde dar aplicación a lo preceptuado por los arts
- Del recurso de casación en el fondo
- De la revisión de los actuados se puede establecer que la demandante prestó servicios bajo
- El recurrente parte del supuesto de que la relación contractual que vinculaba a la demandante
- Bajo este lineamiento, las resoluciones de grado en caso de controversia, es decir cuando no
- Por lo relacionado, se concluye que no son evidentes las infracciones denunciadas por la empresa
- Por todo ello y no siendo evidentes las infracciones acusadas, corresponde dar aplicación a lo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
- Se regula el honorario del abogado en Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
