Auto Supremo AS/0197/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0197/2011

Fecha: 30-May-2011

En el marco de lo expuesto, es necesario mencionar que la nulidad de obrados en


En el marco de lo expuesto, es necesario mencionar que la nulidad de obrados en general está regida por los principios de trascendencia, convalidación y especificidad, en cuyo ámbito no ingresa la nulidad alegada en el recurso, toda vez que existiendo una presunta causal de nulidad, esta no fue oportunamente impugnada por la parte afectada, antes del sorteo de la causa para resolución de segunda instancia, de donde resulta inadmisible que en la vía del recurso de casación o nulidad, se pretenda regresar a momentos procesales ya extinguidos y consumados, en franca vulneración al referido principio de preclusión, no siendo evidente la infraccione acusada