Distrito:Santa Cruz
Partes: Pedro G. Alfonso Suárez Weise c/ Banco Nacional de Bolivia S.A
Distrito:Santa Cruz
- Auto Supremo: Nº 198. Sucre: 30 de Mayo de 2011
- Expediente: Nº 35 - 09 - S
- Distrito:Santa Cruz
- Ministro Relator: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- VISTOS: El recurso de casación de fojas 676 a 678 vuelta, interpuesto por el Banco
- Que, en grado de apelación deducida por la entidad demandada Banco Nacional de Bolivia S
- Contra el referido Auto de Vista, la institución demandada Banco Nacional de Bolivia S
- CONSIDERANDO:Que, es deber del Tribunal Supremo fiscalizar intra proceso, si los tribunales inferiores observaron en
- Que, en función de esta facultad fiscalizadora y teniendo en cuenta que las normas procesales
- CONSIDERANDO: Que, la jurisdicción es de orden público, indelegable y sólo emana de la ley,
- Por otro lado, la jurisdicción familiar, por su naturaleza, contenido, alcances y consecuencias en las
- En consecuencia, el Juez Tercero de Partido en lo Civil, ante quien se tramitaba la
- Que, el Tribunal Ad quem, lejos de corregir el procedimiento y reencausar la competencia del
- Por lo expuesto, en aplicación de lo dispuesto por los artículos 15 de la Ley
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- No siendo excusable el error en que ha incurrido los miembros del Tribunal Ad-quem, como
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro Tomas de Razón 2/2011
