Auto Supremo AS/0268/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268/2011

Fecha: 09-May-2011

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad


La anulación del juicio sin ninguna base legal, como ocurrió en el caso de Autos, no corresponde porque a fojas 339, consta expresamente la separación del juicio por enfermedad grave del acusado René Walter Morales Guzmán y resulta obvio que en la parte resolutiva de la Sentencia de fojas 337 a347 no se tenían que referir a una persona que no habia sido juzgado, como acertadamente lo dispuso el Tribunal Quinto de Sentencia de la ciudad de la Paz

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por los artículos 59 num. 1) de la Nº 1455 Ley de Organización Judicial, 50 num. 1) y 419 párrafo segundo del Código de Procedimiento Penal, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista de 14 de mayo de 2008, y determina que la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, sin espera de turno y previo sorteo dicte nueva resolución aplicando la Doctrina Legal contenida en el presente Auto Supremo