Auto Supremo AS/0268/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268/2011

Fecha: 09-May-2011

Que, por otra parte, el recurrente denunció que la separación del co-imputado no constituye defecto


Que, por otra parte, el recurrente denunció que la separación del co-imputado no constituye defecto absoluto, ya que su situación jurídica se encuentra perfectamente definida, faltando sólo que el Ministerio Público o la parte acusadora lo activen en la ciudad de Cochabamba, además, que el Tribunal de Apelación no podía aplicar el artículo 15 de la Ley de Organización Judicial, ya que éste podía definir la situación del procesado apartado sin anular el juicio, además señala que no es posible juzgarlo nuevamente por los mismos hechos; por lo que pide se declare admisible su recurso y se establezca la doctrina legal aplicable