MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 225
Sucre, 06 de julio de 2011
DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
PARTES: Benedicto Mamani Quispe c/ Empresa Unipersonal Colchones MISI
MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
Sucre, 06 de julio de 2011
DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
PARTES: Benedicto Mamani Quispe c/ Empresa Unipersonal Colchones MISI
MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación formulada por el demandante (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y la forma de fs
- También denunció infracción a los principios indubio pro operario y primacía de la realidad, para
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- Con estos argumentos impetra que se case el auto de vista recurrido y su auto
- Por su parte el demandado responde al recurso en base a los argumentos del memorial
- CONSIDERANDO II: Que, de lo precedentemente expuesto y antes de resolver los fundamentos del recurso,
- En consecuencia, planteado el recurso de apelación, el tribunal debe pronunciarse sobre todas las cuestiones
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- En consecuencia, al existir incongruencia, contradicción, falta de motivación y pertinencia de la resolución emitida
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Min. Beatriz Sandoval de Capobianco
- ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
