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    Auto Supremo AS/0225/2011
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0225/2011

    Fecha: 06-Jul-2011

    Regístrese, notifíquese y devuélvase


    Relator: Ministro Esteban Miranda Terán

    Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • MINISTRO RELATOR: Esteban Miranda Terán
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación formulada por el demandante (fs
    • Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y la forma de fs
    • También denunció infracción a los principios indubio pro operario y primacía de la realidad, para
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    • Con estos argumentos impetra que se case el auto de vista recurrido y su auto
    • Por su parte el demandado responde al recurso en base a los argumentos del memorial
    • CONSIDERANDO II: Que, de lo precedentemente expuesto y antes de resolver los fundamentos del recurso,
    • En consecuencia, planteado el recurso de apelación, el tribunal debe pronunciarse sobre todas las cuestiones
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    • En consecuencia, al existir incongruencia, contradicción, falta de motivación y pertinencia de la resolución emitida
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Min. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • ecretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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