Auto Supremo AS/0279/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0279/2012

Fecha: 23-Oct-2012

Sostiene que, todo Auto de Vista debe ser resultado de una valoración de todas las


Sostiene que, todo Auto de Vista debe ser resultado de una valoración de todas las pruebas, la cual debe fundarse en cuestiones de hecho y derecho, debiendo razonar cada una de las pruebas aportadas, es más dictar una resolución es un acto de orden público, empero en el caso de autos: 1.- El Juez establece que no se demostró la relación laboral, 2.- Las pruebas de descargo fueron uniformes demostrando la inexistencia de la relación laboral. 3.- Aunque la demanda tenga defectos, el juzgador otorgó sus derechos al actor y le condenó civilmente por una reparación de daños en un juicio laboral, pues no se demostraron los elementos esenciales de la relación laboral, sin embargo ha juzgado sobre hechos que no le correspondía dictando una Sentencia y Auto de Vista; sin motivación ni fundamentación, vulnerando el artículo 190 y 192 inciso 2) del Código de Procedimiento Civil