Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0381/2012
Fecha: 29-Oct-2012
Distrito: Oruro
Distrito: Oruro
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Partes: Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) c/ Ivan Alfredo Arzabe Ascarrunz
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Proceso: Resolución de contrato y pago de daños y perjuicios
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Distrito: Oruro
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ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Contra esa Sentencia de primera instancia la parte actora interpuso recurso de apelación (fs
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Resolución recurrida en casación por entidad demandante
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DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION
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Manifestó que el incumplimiento del demandado operó antes del secuestro de la maquinaria arrendada, aspecto
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Señaló que el Juez de primera instancia fundamentó su decisión únicamente en la tenencia de
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Por las razones expuestas al amparo de lo previsto por el art
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FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
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De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y
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En el caso que se analiza Mariela B
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No obstante las deficiencias anotadas, rescatando la impugnación que deduce la recurrente referida a la
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Establecido lo anterior, cabe señalar que según prevé el art
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Una vez constituida la relación contractual, lo normal es que ésta culmine con el cumplimento
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Una de esas formas anormales de extinción del contrato es la resolución, que se constituye
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Para Messineo, citado por Carlos Morales Guillen en su obra Código Civil Concordado y Anotado
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La resolución tiene lugar en tres casos que se encuentran expresamente regulados por el Código
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Respecto a la resolución por incumplimiento voluntario, el art
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En ese sentido el art
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La norma anterior prevé la llamada resolución expresa, que se produce de pleno derecho o
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En ese marco, en el caso concreto, corresponde precisar que de la revisión de obrados
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En mérito a esos antecedente la Corporación Minera de Bolivia, argumentando que desde la protocolización
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El Juez de la causa previa sustanciación del proceso dictó sentencia declarando improbada la demanda,
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Contra esa Sentencia, la parte actora, sin comprender los alcances de la misma, y tergiversando
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Resulta por ello equivocado pretender la aplicación por analogía del art
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Por las razones expuestas se concluye que el Juez A quo, al declarar improbada la
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Por lo expuesto, corresponde a éste Tribunal fallar en la forma prevista por los arts
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Magistrado Relator: Dr. Rómulo Calle Mamani.
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