Auto Supremo AS/0393/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0393/2012

Fecha: 18-Oct-2012

Como se podrá advertir, la normativa contenida en este articulado, nos permite percibir, que en

Como se podrá advertir, la normativa contenida en este articulado, nos permite percibir, que en el caso que se analiza era un imperativo conformar una Comisión Mixta, la cual mediante un proceso administrativo interno, en el cual el trabajador pueda asumir defensa y luego de concluido el mismo, se emita un fallo en el que se declare inocente o culpable de las infracciones de las que se lo acusa y proceder a su reincorporación o en su defecto a su retiro, pero nunca despedirlo directamente, como erróneamente dispuso la parte recurrente, violando su propio Reglamento Interno, porque el demandante no incurrió en ninguna de las causales descritas en el artículo 132 del aludido Reglamento Interno para que no pueda conformarse una Comisión Mixta y ser sometido a un previo proceso interno, donde se le permita defenderse, lo que consta no ocurrió, violando el derecho a la defensa, al debido proceso y a la presunción de inocencia, consagrados en los artículos 115. II y 116. I de la Constitución Política del Estado