Auto Supremo AS/0307/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0307/2012

Fecha: 07-Nov-2012

Prosigue, aludiendo que el Auto de Vista recurrido, ha interpretado de manera errónea el Manual


Prosigue, aludiendo que el Auto de Vista recurrido, ha interpretado de manera errónea el Manual Instructivo para Llenado de Declaraciones Únicas de Exportación - DUE, al señalar: "La empresa recurrente no ha llenado en forma correcta la casilla 22 de las declaraciones únicas de exportación..." Según la empresa recurrente, no existe ninguna diferencia entre el valor consignado en la factura comercial de exportación y lo declarado en la DUE (casilla 22), confundiendo los valores TOTAL CIF Y TOTAL FOB, que se encuentran consignados en todas las Facturas Comerciales de Exportación