Auto Supremo AS/0423/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0423/2012

Fecha: 06-Nov-2012

Dicho fallo motivó que la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea

Dicho fallo motivó que la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea "AASANA", representada por Grover Medrano Arnéz, interponga recurso de casación en el fondo (fs. 105-106) acusando:
Que en la parte considerativa del Auto de Vista se vulneró el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1º de mayo de 2006, así como el Decreto Supremo Nº 0110 de 01 de mayo de 2009 y su disposición Reglamentaria contenida en la Resolución Ministerial Nº 447 de 8 de julio de 2009, porque al dar una interpretación legal de los términos "despido" y "retiro" indistintamente se condenó el pago de la multa del 30%, en ese entendido el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1º de mayo de 2009 al disponer que el trabajador puede optar por el pago de beneficios o su reincorporación cuando sea despedido, no utiliza indistintamente los términos de "despido" y "retiro", que si bien la doctrina atribuye ambos términos indistintamente es propio para la parte empleadora ya que el término de "retiro" es aplicable indistintamente a la parte laboral y patronal