Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0423/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0423/2012

    Fecha: 06-Nov-2012

    Según convocatoria de fs

    Según convocatoria de fs. 113 de obrados, interviene la Magistrada Presidenta de la Sala Penal Segunda Dra. Maritza Suntura Juaniquina, para Resolución
    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
    • En grado de apelación interpuesta por Jenny Carol García Arteaga en representación del demandante (fs
    • Dicho fallo motivó que la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea
    • Que, el Decreto Supremo Nº 28699 fue complementado con el Decreto Supremo Nº 110 de
    • Refirió además, que la disposición legal que regula el retiro voluntario entró en vigencia el
    • Concluyó solicitando se case el Auto de Vista con las responsabilidades previstas en el artículo
    • CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, de la revisión de los antecedentes procesales, se
    • Al respecto, el artículo 9
    • De la ratio legis de la norma citada, se colige que la aludida multa del
    • Ahora bien, es cierto que la Resolución Ministerial Nº 447 de 8 de julio de
    • En tal sentido, al constar que el actor se retiró voluntariamente de su fuente laboral
    • Lo anotado, nos permite concluir que el Tribunal ad quem interpretó erróneamente y aplicó indebidamente
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
    • Según convocatoria de fs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • ?? ?? ?? ??

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca