Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0499/2012
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0499/2012

    Fecha: 23-Nov-2012

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
    • En grado de apelación interpuesta por la parte demandada (fs
    • Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo cursante de fs
    • Asimismo, señaló que no existe ninguna notificación escrita de haberse aceptado al actor como Gerente
    • De otro lado, indicó que la certificación cursante a fs
    • Manifestó también que el fallo de primera instancia se amparó indebidamente en el principio protector
    • Por último, acusó que el Tribunal de alzada al confirmar en parte la Sentencia apelada,
    • Concluyó solicitando que se pronuncie el correspondiente Auto Supremo casando el Auto de Vista impugnado
    • CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su
    • En ese contexto, debe considerarse que la valoración y apreciación de la prueba ya fue
    • En la especie, no se ha evidenciado el cumplimiento de tales presupuestos, pues, si bien
    • Más aún es evidente dicho extremo, cuando el recurrente señala que la relación no laboral
    • Consiguientemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación, en el fondo,
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
    • MAGISTRADA: Dra. Maritza Suntura Juaniquina
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • VISTOS: El Recurso de Casación en la Forma y en el Fondo de fs
    • Rodolfo Ortega Urquieta interpuso Recurso de Casación en la Forma y en el Fondo, en
    • Que el Auto de Vista Nº "42/12" (no señala fecha y fs
    • Concluye solicitando corregir este error en la forma casando el Auto de Vista para que
    • I.2. Recurso de Casación en la Fondo
    • Que, el Auto de Vista vulneró los derechos constitucionales establecidos en los artículos 15, 18
    • CONSIDERANDO II: Este Tribunal hace evidente en el recurso interpuesto, la deficiente técnica jurídica en
    • II.1. Respecto al Recurso de Casación en la Forma
    • Se debe dejar establecido que de acuerdo a la doctrina, son diferentes el recurso de
    • II.1. Respecto al Recurso de Casación en el Fondo
    • Revisando detenidamente los antecedentes del proceso, se evidencia que el punto de controversia radica en
    • Al respecto, de acuerdo al Reglamento de las Comisiones de Prestaciones de la Caja Nacional
    • En el caso presente, si bien es cierto, el asegurado fue atendido en una clínica
    • En base a los antecedentes descritos y a la normativa citada, se llega al convencimiento
    • Por lo anotado y fundamentado, al no ser evidentes las infracciones de las normas acusadas
    • ?? ?? ?? ??

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca