Auto Supremo AS/0395/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0395/2012

Fecha: 17-Dic-2012

Por otra parte, es importante tener presente que el juzgador a momento de valorar la


Por otra parte, es importante tener presente que el juzgador a momento de valorar la prueba presentada que cursa en obrados entre esas la de fojas 4, lo hizo inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la misma y atendiendo las circunstancias relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes, conforme lo dispone el artículo 158 del Código Procesal del Trabajo, en relación con el artículo 3 inciso j) del mismo cuerpo legal que dispone que se someten a la libre apreciación de la prueba, pudiendo valorar las mismas con amplio margen de libertad conforme a la sana lógica, los dictados de su conciencia y los principios reconocidos por el Código Procesal Laboral, sin dar mayor incidencia la tarifa legal de la prueba propia del proceso civil, sino el sistema de persuasión racional