Auto Supremo AS/0475/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0475/2012

Fecha: 12-Dic-2012

En ese sentido en el caso concreto le correspondía al A quo antes de admitir

En ese sentido en el caso concreto le correspondía al A quo antes de admitir la demanda, disponer de oficio que el actor acredite de manera fehaciente quién es la persona titular del bien inmueble que se pretende usucapir, a efecto de establecer la legitimación pasiva e integrar válidamente a la relación procesal o en su defecto conforme la previsión contenida en el art. 26 del D.S. 27957, exigir que el actor acredite de manera fehaciente agotando todos los mecanismos de averiguación que el inmueble, objeto de la usucapión, no cuenta con un antecedente dominial. De esta manera y cumpliendo con estas diligencias el Juez pudo haber admitido la demanda válidamente a efectos de determinar la legitimación del sujeto pasivo, resguardando de esta forma la efectividad del fallo que emita en el proceso