Finalmente, señala que refuta la afirmación de los de instancia en cuanto a fundamentar su
Finalmente, señala que refuta la afirmación de los de instancia en cuanto a fundamentar su resolución en el artículo 48.II de la Constitución Política del Estado concordante con el artículo 3 inciso h) del Código Procesal del Trabajo, pues existe suficiente prueba documental que establece haberse cumplido con las disposiciones laborales. Por lo que el Auto de Vista constituye a todas luces un acto que viola el principio de igualdad
- VISTOS: El recurso de nulidad o casación de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandada (fs
- Dicha Resolución motivó que la parte demandada formule recurso de nulidad o casación (fs
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- Finalmente, señala que refuta la afirmación de los de instancia en cuanto a fundamentar su
- Pese a que el recurso no indica si es planteado en la forma o en
- Como se podrá advertir, la normativa citada es plenamente aplicable al caso que nos ocupa;
- Lo alegado por la actora en su demanda (fs
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- Del examen del proceso se puede advertir que el último día de trabajo de la
- Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso en la forma que prevén los artículos 271
- Sin responsabilidad de multa por ser excusable
- Según convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante Mi: Lic. Raúl Tito Choclo Rubin de Celis
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