1) Señala que, el Auto de Vista es contrario con los precedentes dictados, como ser
I.1.1. Motivos del recurso
De la atenta revisión del recurso de casación, se extraen como motivos del mismo, los siguientes:
1) Señala que, el Auto de Vista es contrario con los precedentes dictados, como ser los Autos Supremos 562 de 1 de octubre de 2004 y 437 de 24 de agosto de 2007, al haberse violado los principios de fundamentación del art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y la revisión de oficio que ordena el art. 15 de la Ley de Organización Judicial abrogada (LOJabrg)
- Expediente: Cochabamba 5/2012
- Delito: Violación de niño, Niña o Adolescente
- Por memorial presentado el 6 de octubre de 2011, cursante a fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, Raúl Simón Carvajal Arce, interpuso el recurso de apelación restringida;
- 1) Señala que, el Auto de Vista es contrario con los precedentes dictados, como ser
- 2) Hace referencia, que de la fundamentación que realizaron los Vocales de la Sala Penal
- Mediante Auto Supremo 007 de 30 de enero de 2012, este Tribunal admitió el recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- El art
- Se debe tener presente que la Sala Penal Tercera al pronunciar el Auto de Vista
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Firmado
